viernes, 4 de mayo de 2012

ACCIONES DE PROTECCIÓN DE CRÉDITO


ACCION OBLICUA
El ejercicio de la acción oblicua, consiste en el derecho propio a ejercitar en nombre propio intereses y dentro de los límites de este. Un derecho o una acción de otro.
ACCION PAULIANA
Es un mecanismo de defensa de los acreedores, dentro del derecho de obligaciones, mediante el cual éstos pueden solicitar la revocación de actos realizados por el deudor en su perjuicio.
ACCION DE SIMULACION
Es el acto jurídico orientado a ejercer el derecho del titular para deducir consecuencias judiciales de la ficción de un contrato y así declarar su inexistencia o declarar que se ha formalizado un contrato en sustitución del verdadero.





FUNDAMENTO LEGAL: 
     ACCIÓN OBLICUA :

  • ART 1278 CCV: Los acreedores pueden ejercer, para el cobro de lo que se le deba los derechos y las acciones del deudor, excepto los derechos que son exclusivamente inherentes a la persona del deudor 
      ACCIÓN PAULIANA:
  • ART 1279 CCV:  Los acreedores pueden atacar en su propio nombre los actos que el deudor haya ejecutado en fraude de sus derechos 
        Se consideran ejecutados en fraude de los derechos de los acreedor los actos a titulo gratuito del deudor del deudor insolvente al tiempo de dichos actos., o que ha llegado a serlo por consecuencia de ellos. 
          También se consideran  ejecutados en fraude de los derechos de los acreedores los actos a titulo oneroso del deudor insolvente, cuando la insolvencia fuere notoria o cuando la persona que contrato con el deudor haya tenido motivo para conocerla.
              El acreedor quirografario que recibiere del deudor insolvente el pago de una deuda aun no vencida, quedara obligado a restituir a la masa que lo recibió.
               Presumense fraudulentas de los derechos de los demás acreedores, las garantías de deudas aun no vencidas que el deudor insolvente hubiere dado a uno mas de los acreedor.
                 La acción de que trata este articulo dura cinco años  a contar desde el día en que los acreedores tuvieron noticias del acto que da origen a la acción, y la revocatoria no aprovecha sino a los acreedores anteriores a dicho acto, que la haya demandado.

           ACCIÓN DE SIMULACIÓN:
       

  • ART 1281 CCV: Los acreedores pueden también pedir la declaratoria de simulación de los actos ejecutados por el deudor.
            Esta acción dura cinco años a contar desde el día en que los acreedores tuvieron noticia del acto simulado.
            La simulación una vez declarada, no produce efecto en perjuicio de los terceros que, no teniendo conocimiento de ella, ha adquirido derechos derechos sobre los inmuebles con anterioridad al registro de la demanda por simulación. 
              Si los terceros han procedido de mala fe quedan no solo sujetos a la acción de simulación sino también a la de daños y perjuicios 
   

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